¿Quién paga las incapacidades laborales por estar en cuarentena?

Si por X o Y razón te encontrabas de viaje fuera del país y regresaste a partir del 11 de marzo, obligatoriamente te tocó pasar a una cuarentena de 30 días. En ese caso, lo más probable es que se te haya imposibilitado retornar a tus actividades laborales. ¿Qué procede entonces en esa situación? ¿El Instituto Salvadoreño de Seguridad Social te otorga una incapacidad médica? Esta y más preguntas afligen a muchos salvadoreños que están en cuarenta y muchos más que se encuentran a las vísperas de retornar al país.
Hasta la mañana de este martes, se contabilizaron un total de 350 personas en cuarentena, según cifras brindadas por Francisco Alabí, viceministro de Operaciones de Salud. En el artículo 3 del decreto 13 se establece lo siguiente:
“La Cartera de Estado en Salud deberá decretar Cuarentena de 30 días derivado de declaratoria de Pandemia y los datos de la misma dada por la OMS, a fin de prevenir cualquier amenaza de contagio masivo y vulneración de la salud de los habitantes, a todas aquellas personas que ingresen al territorio salvadoreño por cualquier vía”.
Entre las consideraciones enumeradas en el referido decreto, se hace mención a varias facultades que el Estado tiene respecto a la salud de sus habitantes en una situación como esta de Pandemia, sin embargo, no se explica qué ocurrirá en el ámbito laboral para aquellos salvadoreños que deban pasar aislados en la cuarentena de 30 días al arribar al país.
Hasta el momento, el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) no ha otorgardo entrevistas para tocar el tema. El gobierno no ha informado, por su parte, si se han otorgado incapacidades. Y en tal caso, ¿cuántas se han otorgado? En caso de que la epidemia llegue al país, cabe preguntarse: ¿cuántas incapacidades por cuarentena o Coronavirus podría el ISSS manejar?
El gobierno no ha especificado aún si incapacidades de este tipo deberán ser pagadas por el patrono o el ISSS- si es que acaso las están otorgando.